- DELITO DE REBELIÓN (arts. 472 a 484 CP): Consiste en la ocupación violenta de vías y espacios públicos por parte de un grupo de personas sin autorización con alguno de los siguientes fines:
- Eliminar o modificar la Constitución
- Destituir a los miembros de la familia Real
- Impedir la celebración de elecciones para cargos públicos
- Disolver las Cortes, el Congreso o el Senado
- Declarar la independencia de una parte del territorio nacional