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Una breve reflexión sobre el delito de sustracción de menores

Como es sabido, el artículo 225 Bis del Código Penal establece una pena de prisión de dos a cuatro años e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad por tiempo de cuatro a diez años, al progenitor que sin causa justificada para ello sustrajere a su hijo menor.

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